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Economia

Nueva ley impacta a mutualistas y excluye a jubilados

Ley reciente modifica cotizaciones para mutualistas pero deja fuera a pensionistas

Más de 100,000 profesionales mutualistas han sido beneficiados por una nueva legislación que facilita su transición a la Seguridad Social. Sin embargo, 47,000 jubilados han quedado excluidos de estas mejoras debido a un retraso en el desarrollo reglamentario necesario para el canje de aportaciones a mutualidades. Este grupo de profesionales,

Redaccion 1000N·25/7/2026
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Más de 100,000 profesionales mutualistas han sido beneficiados por una nueva legislación que facilita su transición a la Seguridad Social. Sin embargo, 47,000 jubilados han quedado excluidos de estas mejoras debido a un retraso en el desarrollo reglamentario necesario para el canje de aportaciones a mutualidades. Este grupo de profesionales, que incluye abogados, procuradores y arquitectos, había manifestado preocupaciones desde hace años debido a la insuficiencia de sus ahorros para la jubilación bajo el régimen alternativo de mutualidad. La nueva normativa, que ha pasado por múltiples modificaciones, finalmente permite a los mutualistas activos trasladar sus aportaciones a la Seguridad Social, contabilizando el total como cotización. Sin embargo, excluye a los pensionistas, salvo aquellos que reciben pensiones de jubilación. Además, introduce un coeficiente reductor para el canje de derechos económicos acumulados en la mutualidad, y cada mes cotizado contará como un mes completo en el régimen de autónomos para ciertos mutualistas según su edad y fecha de inicio de actividad profesional. Críticas significativas surgieron en la Cámara Baja debido a la exclusión de los jubilados, aunque algunos partidos apoyaron la medida final. Por su parte, organizaciones como la Mutualidad de Procuradores mantienen la esperanza de que el desarrollo reglamentario de la ley pueda ofrecer soluciones adicionales para los mutualistas pasivos, como complementos a mínimos. Este reglamento también deberá definir la operativa del traspaso de fondos y su alineación temporal con el reconocimiento de prestaciones.

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